Etapa de Implementación

Según el artículo 2.2.2.1.2.1.4 del decreto 1077 de 2015, se denomina la Implementación del POT, como la etapa que  comprende la ejecución y puesta en marcha de lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial – POT para las vigencias de corto, mediano y largo plazo, así como el desarrollo de los instrumentos de gestión y financiación.

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